Cómo vivir en España con tu pareja o familiar extracomunitario: La Tarjeta de Familiar Comunitario

Reunirte con tus seres queridos en España es posible. Si eres ciudadano de la Unión Europea (UE) y tu pareja o familiares directos provienen de un país extracomunitario, el camino legal para que puedan residir juntos de forma regular se llama Tarjeta de Familiar Comunitario.

Desde Consultoresmas Internacional, te explicamos en qué consiste este trámite, quiénes pueden solicitarlo y qué requisitos debes cumplir para que tu solicitud sea un éxito.

¿Qué es la tarjeta de familiar comunitario?

La tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión es una autorización que se concede a los ciudadanos extracomunitarios que tienen vínculos familiares directos con un ciudadano de la UE, del Espacio Económico Europeo (EEE) o de Suiza.

Este permiso es necesario cuando el familiar va a residir en España (o en cualquier otro país de la Unión) acompañando o reuniéndose con el ciudadano europeo por un período superior a tres meses.

¿Qué familiares pueden solicitarla?

El tipo de parentesco reconocido por la normativa de extranjería es específico. De manera general, pueden acceder a esta tarjeta:

· Cónyuges: Siempre que el vínculo matrimonial esté vigente (es decir, que no exista divorcio, disolución o anulación).

· Pareja de hecho registrada: La unión debe estar inscrita en un registro público oficial de algún Estado de la UE.

· Pareja estable (no registrada): Si la pareja no está inscrita, se debe acreditar la existencia de un vínculo duradero (generalmente demostrando al menos un año de convivencia continuada previa, o si tienen hijos en común).

· Hijos: Hijos del ciudadano de la Unión, o los de su cónyuge/pareja registrada, que sean menores de 21 años. Si son mayores de esa edad, es obligatorio demostrar que viven a cargo del ciudadano europeo o que tienen alguna incapacidad.

· Ascendientes directos (padres/suegros): Del ciudadano de la Unión, de su cónyuge o de su pareja registrada. Se debe demostrar que viven a su cargo y que existe una dependencia económica real en el país de procedencia.

· Familia extensa: Otros miembros de la familia que, en el país de origen, dependan económicamente o convivan con el ciudadano de la Unión (por un mínimo de 24 meses continuados), o bien que, por motivos graves de salud o discapacidad, necesiten estrictamente de su cuidado personal.

¿Qué significa realmente "estar a cargo"?

Este es uno de los puntos donde la Administración es más exigente. Se entiende que un familiar "está a cargo" cuando depende económicamente del ciudadano de la Unión para cubrir sus necesidades básicas en su país de origen o procedencia.

No basta con realizar envíos de dinero esporádicos; debe demostrarse documentalmente que el ciudadano europeo constituye su principal sostén vital.

Documentación clave para efectuar la solicitud

Para iniciar el expediente, se requerirán originales y copias de, al menos, la siguiente documentación:

· Formulario oficial de solicitud (Modelo EX-19), debidamente cumplimentado y firmado.

· Pasaporte válido y en vigor del familiar extracomunitario.

· Documentación acreditativa del vínculo familiar (certificados de matrimonio, nacimiento, registro de pareja, etc., debidamente apostillados o legalizados y, si procede, traducidos).

· DNI español o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión (el conocido como “NIE verde”) del ciudadano europeo que da el derecho.

· Acreditación de medios económicos y seguro médico: El ciudadano de la UE debe demostrar que tiene recursos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social en España.

¿Qué es el "NIE verde"? Es el documento que acredita que el ciudadano de la UE está inscrito en el Registro Central de Extranjeros en España. Es un trámite previo y obligatorio para quienes vayan a residir en el país por más de 3 meses.

Para demostrar los medios económicos, extranjería podrá solicitar:

· Trabajadores por cuenta ajena: Contrato de trabajo o certificado de empleo.

· Trabajadores por cuenta propia (Autónomos): Inscripción en el Registro Mercantil o alta en el censo de actividades económicas.

· Estudiantes: Matrícula de un centro formativo autorizado, seguro médico integral y declaración responsable de recursos suficientes.

Da el paso seguro con respaldo legal

Los trámites de extranjería pueden resultar complejos debido a la rigurosidad con la que se evalúa la documentación, especialmente en los casos de "estar a cargo" o parejas no registradas.

En Consultoresmas Internacional, nuestro equipo de expertos legales está listo para analizar tu caso, preparar tu expediente sin fisuras y acompañarte en cada paso para que tu única preocupación sea disfrutar de tu familia en España.

 

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