Reagrupación familiar

7 de abril de 2026 por
Reagrupación familiar
Consultoresmas Internacional

En Consultoresmas Internacional, sabemos que no hay nada más importante que la unidad familiar. Por eso, hoy compartimos consejos y reflexiones sobre uno de los temas que más preocupan a quienes solicitan nuestros servicios: la reagrupación familiar.


El actual Reglamento de Extranjería ha marcado un antes y un después para la comunidad extranjera en España. Muchos cambios han resultado favorables para las personas, como la simplificación de procedimientos y una mayor garantía de derechos. En otros, se han establecido preceptos que han implicado afectaciones para los involucrados, sobre todo por la complejización de requisitos. En medio camino entre el favorecimiento de circunstancias y el planteamiento de nuevos retos y dificultades, está la figura de la reagrupación familiar.


La actual normativa se propuso facilitar el reagrupamiento de los familiares directos de los ciudadanos extranjeros no comunitarios que residan legalmente en España. Siendo considerado un derecho, se buscaba que la burocracia no se erigiera como una barrera infranqueable para el reencuentro.


La cuestión cambió, sin embargo, en relación a una de las interrogantes esenciales: ¿a quién o quiénes puedes traer?


Aunque el grupo familiar permitido se mantiene (cónyuge o pareja de hecho, hijos menores y ascendientes), la forma de acreditar los vínculos se ha modificado, así como lo que necesitas demostrar.


Uno de los requisitos más controversiales es el de la residencia previa. Debes haber residido en España al menos un año y contar con una autorización para quedarte, como mínimo, otro año más. Por tanto, la imposibilidad de arribar juntos al país ha impuesto una separación para muchas familias.


Otra de las novedades más comentadas del nuevo reglamento en relación al procedimiento de reagrupación familiar es la acreditación de medios económicos. Antes, las cuantías del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) eran estrictas. Ahora, se permite una flexibilización en las cuantías si no lograras alcanzar el 100% del IPREM.


Una de las aristas más complejas es el desafío que plantea la reagrupación de los ascendientes en relación al estar a cargo. Es un punto vital. Debe probarse que constituyes el soporte fundamental de tus padres. Una de las formas es poder demostrar que estos no cuentan con ingresos propios suficientes en su país de origen, que has enviado dinero regularmente durante el último año y que esas transferencias son su sustento principal.


La precisión y la paciencia resultan fundamentales en el paso a paso que conduce del trámite al abrazo. Este recorrido se divide en tres fases estratégicas: la solicitud, la obtención de visado y el arribo.

La primera fase, correspondiente a la solicitud, debe realizarse desde España. Todo empieza aquí, cuando el familiar reagrupante presenta el modelo correspondiente ante la Oficina de Extranjería. La presentación puede ser presencial o telemática, siendo esta última la vía la más rápida en la práctica. La solicitud tendrá un plazo de resolución de aproximadamente 45 días.


Si la solicitud es resuelta de forma favorable, iniciaría la segunda fase del proceso, correspondiente a la solicitud y obtención del visado del familiar desde su país de origen o residencia.


El familiar que aspira a ser reagrupado cuenta con un plazo de dos meses para acudir a la sede del Consulado español en su país y presentar la documentación exigida en el procedimiento. Entre esta, estará el pasaporte vigente, el certificado de antecedentes penales, un certificado médico y los documentos acreditativos de la filiación o parentesco. Todos deben estar debidamente legalizados o apostillados, según el caso.


De ser favorable el otorgamiento, la oficina consular estampa el visado con el NIE ya asignado y se inicia la tercera fase o etapa del proceder de reagrupación, que sería la llegada a España de tu familiar. Una vez en territorio español, se contará con el lapso de un mes, desde la fecha entrada, para solicitar la tarjeta (TIE) en la Policía Nacional.


Con el nuevo reglamento, los familiares reagrupados pueden trabajar por cuenta ajena o propia desde el primer momento, sin la necesidad de otros trámites extra.


Consultoresmas Internacional posee experiencia en procedimientos de reagrupación familiar. Además, acumula varios casos de éxito en la presentación de expedientes que habían sido previamente denegados.


El trabajo personalizado y a detalle es clave para el éxito. El Reglamento de Extranjería ofrece oportunidades, pero un error en la presentación puede retrasar todo un año de esfuerzo y retardar la unión con tus seres queridos.


Como parte de nuestros servicios tenemos en cuenta tanto la calidad documental, el completamente del expediente, como los requisitos de presentación y tiempo de cada uno de los pasos. Pero no solo trabajamos para asegurar que tu expediente sea impecable, sino que entendemos la importancia de la asesoría y el acompañamiento. Porque no es un trámite más. En Consultoresmas Internacional, unimos familias.