Nacionalidad española para iberoamericanos residentes en España

9 de febrero de 2026 por
Nacionalidad española para iberoamericanos residentes en España
Consultoresmas Internacional

¿Los extranjeros procedentes de regiones iberoamericanas tienen ventajas para obtener la nacionalidad española? Esta suele ser una pregunta recurrente entre las personas que solicitan nuestra asesoría.

La respuesta es positiva. Ciertamente, el origen iberoamericano supone una ventaja o prerrogativa para las personas extranjeras que solicitan la nacionalidad española. Dicha ventaja tiene como fundamento legal el artículo 22.1 del Código Civil español.

Según este artículo, las personas extranjeras que provengan de la comunidad iberoamericana (19 países de América, más Portugal, Andorra, Filipinas y Guinea Ecuatorial) pueden solicitar la nacionalidad española por residencia tras dos años de permanencia en el país. Ello supone una situación ventajosa respecto a otros residentes extranjeros que deberán computar más tiempo —diez años— según la misma legislación.

El beneficio es real y está estipulado en la citada ley. Sin embargo, no se trata de una ventaja tácita o automática. La realidad jurídica en materia de extranjería es bastante más exigente de lo que suelen explicarnos en redes sociales, en conversaciones informales o en estrategias promocionales para ganar clientes. La administración no valora solo el tiempo, sino la calidad jurídica de la residencia.

Para ayudar a contrarrestar la desinformación y las falsas expectativas, te ofrecemos algunos consejos útiles, sobre todo si eres de lo que se encuentra beneficiado por este supuesto legal:

✓ Verifica que tu país de origen se encuentra en el listado de regiones incluidas en la legislación.

La noción de lo que se entiende por Iberoamérica y los territorios que incluye, puede llegar a resultar confusa, ya que integra criterios geográficos, lingüísticos y culturales  que han tenido cambios en el tiempo. Puede suceder que determinadas publicaciones que veas no se encuentren actualizadas conforme a la Ley y, por tanto, incluyan o excluyan territorios.

✓ Constata que cumples los requisitos legales que se exigen en el propio artículo.

No basta con 'haber estado' dos años en España. La residencia debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.

Esto significa que, a efectos de la nacionalidad, no se computan los períodos en los que la persona:

- haya estado en situación irregular

- con una autorización caducada

- renovaciones fuera de plazo

- salidas prolongadas fuera de España que rompan la continuidad

Ventaja sí, pero atajo fácil no. El plazo reducido para solicitar la nacionalidad española que poseen los extranjeros de origen iberoamericano, no excluye el cumplimiento de los requisitos legales.

El acompañamiento de un especialista para la revisión previa de los requisitos, el cotejo de los plazos, el examen de los documentos exigidos y la conformación de un expediente convincente y bien estructurado, puede marcar la diferencia entre una concesión y una denegación que retrase el proceso durante años.